Colectivo Urbano por el Cambio (CUECA)
En Cochabamba llevamos demasiado tiempo guardando un silencio que no quisiéramos que se interprete como estupidez. ¡Basta ya! Es necesario denunciar la actitud de los prefectos opositores y su Conalde, que pretenden convertir la mesa de Diálogo en una plataforma para el chantaje y el ultimátum. Digamos las cosas claras:
1. Las organizaciones, instituciones y personas firmantes que constituimos este colectivo consideramos que la propuesta de nueva CPE supone un avance cualitativo en el reconocimiento de derechos de sectores excluidos (indígenas, mujeres, grupos generacionales, etc.) y sienta las bases para la transformación del país en base a principios de equidad, justicia, inclusión y soberanía. Es una Constitución que tiene plena legitimidad desde el momento en que ha sido redactada por representantes elegidos por toda la población con ese preciso fin, y ha considerado las propuestas emanadas de todos los sectores, e incluso ha recibido el reconocimiento de otros gobiernos y organismos internacionales.
2. La nueva Constitución recoge plenamente el mandato vinculante del Referéndum de agosto de 2006, puesto que reconoce las autonomías departamentales, incluyendo su facultad legislativa (Art. 273, 278, 280, 306).*
3. El Estatuto Autonómico de Santa Cruz* carece de legitimidad (ha sido elaborado por una Junta Autonómica que no fue elegida por voto popular ni tiene respaldo legal) y es de todo punto inconstitucional. Además es incompatible con el nuevo texto constitucional y con el más elemental sentido democrático y de unidad del país. Enumeremos sólo sus puntos más inaceptables:
¨ Se sitúa a sí mismo por encima de la Constitución Política del Estado (Art. 1).
¨ Se arroga definiciones de política internacional (Art. 3, Inc. II y III).
¨ Reduce a los pueblos originarios a la condición de pueblos oriundos del departamento (en contra de las declaraciones de la OIT y de la ONU), y los considera objetos más que sujetos, negando toda posibilidad de autonomías indígenas (Art. 2, Inc. II).
¨ Le atribuye al gobierno departamental competencias exclusivas respecto del régimen electoral, de la administración de justicia (otorgándole supremacía a la Corte Departamental), de la educación en todos los niveles, de los regímenes laboral, de tierras, aguas, bosques, áreas protegidas, biodiversidad, biocombustibles, ordenamiento territorial (Art. 6, inc. I)
¨ Pretende que las disposiciones del gobierno departamental tengan preferencia respecto de las nacionales (que pasarían a ser subsidiarias o supletorias) (Art. 6 Inc. II) incluyendo la potestad tributaria. (Art. 135, 136 y 137)
¨
Pretende el control de las instituciones del estado en el departamento, obligando a la designación de sus autoridades de ternas presentadas por la Asamblea Departamental (Art. 36 y 34).
4. El Referéndum Autonómico anunciado por el Prefecto de Santa Cruz para el 4 de mayo es también inconstitucional, ya que la Constitución vigente no reconoce ningún régimen autonómico, y la reforma total de esa Constitución es potestad privativa de la Asamblea Constituyente (C.P.E. Art. 232), y la reforma parcial es potestad del Congreso (Art. 231). Tampoco tiene el respaldo legal de la Ley de Referéndum, ya que ésta establece que mientras no haya un gobierno departamental electo por voto popular —prefecto no es lo mismo que gobierno departamental—, el referéndum departamental deberá ser convocado por el Congreso Nacional (Art. 6 Inc. 2).
5. El tema de la capitalía plena todos sabemos que no es un tema constitucional, ni tiene nada que ver con los problemas estructurales que aquejan al país.
Por tanto rechazamos cualquier ultimátum, cualquier amenaza de violencia o de fragmentación del país, cualquier actitud racista y discriminatoria. Apoyamos la resolución democrática de las discrepancias por la vía del respeto a la mayoría, en este caso por la vía del Referéndum Dirimitorio y del Referéndum Constituyente.
Cochabamba, febrero 2008
Alexia Loredo, Antonieta Potente, Beatriz Tames, Brígida Valdivieso, Camilo Medina, Carmen Guardia, Cecilia Estrada, Consuelo Puente, Dolores Arce, Edwin Miranda, Elisabeth Patiño, Federico Pinaya, Fernando Fuentes, Georgina Jiménez, Juan Luis Rocabado, Jubenal Quispe, Manuel Villarroel, Marcelo Arias, Marliza Terceros, Patricia Vargas, Rafael Puente, René Pérez, Rebeca Delgado, René Orellana, Rosario Valenzuela, Sarela Paz, Sergio Pasarín, Sergio Velasco, Tania Sánchez, Theo Roncken, Wiler Vidaurre
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