Iván Castellón Quiroga[1]
Con el propósito de continuar recogiendo propuestas para enriquecer el Anteproyecto de Ley de Participación y Control Social, en Jaihuayco (zona sud de la ciudad de Cochabamba, 2, III, 2010) se desarrolló un taller de análisis con algunos representantes del Estado y de la sociedad civil.
En esa oportunidad un técnico del Ministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (MTLCC) expuso sobre los avances logrados en otros talleres desarrollados en los nueve departamentos del país. Sin duda, avances importantes que, a groso modo, son congruentes con la nueva CPE y superan los límites de la Ley 1551, ley gonista que terminó siendo municipalista y funcional al poder de los alcaldes. En ese sentido, según el representante del MTLCC, la nueva Ley de Participación y Control Social debe ser una norma que abarque, además de lo municipal, todos los niveles y ámbitos del Estado, debe ser una Ley Marco para todas las entidades públicas y privadas involucradas en el manejo de recursos públicos.
Sin embargo, a objeto de seguir ahondando la reflexión y los aportes en torno de tan importante ley que deberá cristalizar y estimular el proceso de transformaciones iniciado en el país, es preciso establecer tres principios básicos:
Primero, el proceso de elaboración y aprobación de esta ley es un acto político; los aspectos técnico-jurídicos que deben contener tanto la Ley como su Reglamento deben subordinarse a los lineamientos políticos del proceso de cambios. No es a través de lo técnico sino de lo político que adquirirá robustez, y mientras más imbricado esté a la coyuntura sociopolítica que vivimos, mejor será se destino.
Segundo, la participación y control social no sólo debe activarse para hacer vigilancia revolucionaria a las instituciones y servidores públicos en manejo de recursos financieros del Estado; es decir, no sólo debe fomentar transparencia y anti-corrupción, debe establecer participación y control social para lograr el Vivir Bien, esto es, para garantizar un desarrollo equilibrado entre Estado, economía, sociedad y naturaleza, de manera que las políticas nacionales, departamentales, municipales e, incluso, indígenas no causen desequilibrios y desastres en nuestro entorno natural y social. Toda política a favor de: a) el fortalecimiento estatal, ya sea a nivel nacional o local; b) el acrecentamiento de la economía, ya sea del aparato productivo o de servicios; c) la satisfacción de las necesidades sociales, así sean de parias e indígenas, debe guardar armonía con la naturaleza, con la Madre Tierra.
En este orden, los actores sociales deben participar y controlar en el uso y aprovechamiento equilibrado de los recursos naturales (renovables y no renovables), deben participar, por ejemplo, en la definición de reglas a la circulación del capital en sectores económicos estratégicos, financieros y de servicios, a objeto de garantizar la circulación del capital, pero también para poner frenos a esa circulación, toda vez que el capital, por una lógica intrínseca –como ya lo advirtió Marx-, tiende a desarrollarse a objeto de lograr su propio autoacrecentamiento, en beneficio de quién o quienes detentan el capital y en detrimento de Natura y del interés colectivo (Estado, sociedad civil urbana y rural). Para ejemplificar mejor, no puede haber circulación libre de capitales en sectores económicos que contribuyen a procesos de calentamiento global, o que son altamente contaminantes, o que deforestarían la Amazonía como la anunciada producción de biocombustibles, cuya apariencia “ecológica” y “verde”, más que contribuir al Vivir Bien, alimenta a la racionalidad antropocéntrica, desarrollista y depredadora, beneficiando a pocos y matando a la Madre Tierra.
Tercero, la participación y control social no sólo debe ser para garantizar que una cultura hegemónica, llámese sistema médico, sistema jurídico, sistema educativo u otro, llegue a la ciudadanía con eficacia y eficiencia, o con calidez y calidad de atención. Toda vez que la CPE reconoce la pluralidad nacional y la necesidad de desarrollar políticas basadas en la intraculturalidad e interculturalidad, la participación y control social debe hacer vigilancia para que los distintos sistemas educativos, jurídicos, médicos –modernos y tradicionales por ejemplos- sean apoyados por los órganos nacionales y locales para que se desarrollen en sí mismas (hacia adentro) y para que logren un mejor posicionamiento en su diálogo intercultural (hacia fuera). De lo contrario, se haría participación y control social sólo “en y para” los sistemas hegemónicos, marginalizando otras formas de organización y satisfacción de necesidades en salud, educación, justicia y otros.
Entonces, la participación y control social no sólo debe ser en todos los niveles y ámbitos del Estado, debe ser en todos los niveles y ámbitos del país que es mucho más que el Estado. Y esto es probable que sea prescribir más allá de lo que establece la propia CPE, que debe ser entendida como norma básica e impulsora de cambios, pero no como camisa de fuerza del Vivir Bien u otra creación transformadora.
Con el propósito de continuar recogiendo propuestas para enriquecer el Anteproyecto de Ley de Participación y Control Social, en Jaihuayco (zona sud de la ciudad de Cochabamba, 2, III, 2010) se desarrolló un taller de análisis con algunos representantes del Estado y de la sociedad civil.
En esa oportunidad un técnico del Ministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (MTLCC) expuso sobre los avances logrados en otros talleres desarrollados en los nueve departamentos del país. Sin duda, avances importantes que, a groso modo, son congruentes con la nueva CPE y superan los límites de la Ley 1551, ley gonista que terminó siendo municipalista y funcional al poder de los alcaldes. En ese sentido, según el representante del MTLCC, la nueva Ley de Participación y Control Social debe ser una norma que abarque, además de lo municipal, todos los niveles y ámbitos del Estado, debe ser una Ley Marco para todas las entidades públicas y privadas involucradas en el manejo de recursos públicos.
Sin embargo, a objeto de seguir ahondando la reflexión y los aportes en torno de tan importante ley que deberá cristalizar y estimular el proceso de transformaciones iniciado en el país, es preciso establecer tres principios básicos:
Primero, el proceso de elaboración y aprobación de esta ley es un acto político; los aspectos técnico-jurídicos que deben contener tanto la Ley como su Reglamento deben subordinarse a los lineamientos políticos del proceso de cambios. No es a través de lo técnico sino de lo político que adquirirá robustez, y mientras más imbricado esté a la coyuntura sociopolítica que vivimos, mejor será se destino.
Segundo, la participación y control social no sólo debe activarse para hacer vigilancia revolucionaria a las instituciones y servidores públicos en manejo de recursos financieros del Estado; es decir, no sólo debe fomentar transparencia y anti-corrupción, debe establecer participación y control social para lograr el Vivir Bien, esto es, para garantizar un desarrollo equilibrado entre Estado, economía, sociedad y naturaleza, de manera que las políticas nacionales, departamentales, municipales e, incluso, indígenas no causen desequilibrios y desastres en nuestro entorno natural y social. Toda política a favor de: a) el fortalecimiento estatal, ya sea a nivel nacional o local; b) el acrecentamiento de la economía, ya sea del aparato productivo o de servicios; c) la satisfacción de las necesidades sociales, así sean de parias e indígenas, debe guardar armonía con la naturaleza, con la Madre Tierra.
En este orden, los actores sociales deben participar y controlar en el uso y aprovechamiento equilibrado de los recursos naturales (renovables y no renovables), deben participar, por ejemplo, en la definición de reglas a la circulación del capital en sectores económicos estratégicos, financieros y de servicios, a objeto de garantizar la circulación del capital, pero también para poner frenos a esa circulación, toda vez que el capital, por una lógica intrínseca –como ya lo advirtió Marx-, tiende a desarrollarse a objeto de lograr su propio autoacrecentamiento, en beneficio de quién o quienes detentan el capital y en detrimento de Natura y del interés colectivo (Estado, sociedad civil urbana y rural). Para ejemplificar mejor, no puede haber circulación libre de capitales en sectores económicos que contribuyen a procesos de calentamiento global, o que son altamente contaminantes, o que deforestarían la Amazonía como la anunciada producción de biocombustibles, cuya apariencia “ecológica” y “verde”, más que contribuir al Vivir Bien, alimenta a la racionalidad antropocéntrica, desarrollista y depredadora, beneficiando a pocos y matando a la Madre Tierra.
Tercero, la participación y control social no sólo debe ser para garantizar que una cultura hegemónica, llámese sistema médico, sistema jurídico, sistema educativo u otro, llegue a la ciudadanía con eficacia y eficiencia, o con calidez y calidad de atención. Toda vez que la CPE reconoce la pluralidad nacional y la necesidad de desarrollar políticas basadas en la intraculturalidad e interculturalidad, la participación y control social debe hacer vigilancia para que los distintos sistemas educativos, jurídicos, médicos –modernos y tradicionales por ejemplos- sean apoyados por los órganos nacionales y locales para que se desarrollen en sí mismas (hacia adentro) y para que logren un mejor posicionamiento en su diálogo intercultural (hacia fuera). De lo contrario, se haría participación y control social sólo “en y para” los sistemas hegemónicos, marginalizando otras formas de organización y satisfacción de necesidades en salud, educación, justicia y otros.
Entonces, la participación y control social no sólo debe ser en todos los niveles y ámbitos del Estado, debe ser en todos los niveles y ámbitos del país que es mucho más que el Estado. Y esto es probable que sea prescribir más allá de lo que establece la propia CPE, que debe ser entendida como norma básica e impulsora de cambios, pero no como camisa de fuerza del Vivir Bien u otra creación transformadora.
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