Por: Omar Quiroga Antelo
La actual Ley de Pensiones
vigente en el país, no ofrece una buena jubilación a los aportantes a las AFPs,
por eso se presenta esta propuesta, que responde a ese gran problema que se
tiene en la actualidad.
La propuesta ofrece dos
alternativas concretas para resolver las dificultades, a saber:
I. ADQUISICIÓN DE ACCIONES EN EMPRESAS ESTRATÉGICAS:
Abrir la posibilidad de que los
aportantes decidan que hasta un monto de 120 cuotas de sus aportaciones a la
AFP, sean invertidas en acciones de empresas estratégicas del país.
¿Cómo funcionaría?
a) Si,
por ejemplo una persona tiene 20 años de aportaciones, de los cuales suman 240
cuotas, podría decidir que 120 cuotas se destinen a la adquisición de acciones
en empresas como ENDE, ENTEL, YPFB, YLB (Litio), Mutún, etc.
b) De
sus acciones y de acuerdo a su rentabilidad de las empresas, anualmente recibirá
un monto de dinero como parte de las utilidades de la empresa o empresas en las
que adquirió acciones.
c) Lo
más probable que esa persona termine aportando durante 30 años de modo que de
las 240 cuotas restantes, se le calcularía su renta vitalicia, una vez se acoja
a la jubilación.
d) Como
resultado se tendría una renta fija mensual y un ingreso adicional, resultado
de la participación de las utilidades de la o las empresas en las que adquirió
acciones.
e) Una
vez fallece el titular de las acciones, las mismas son heredadas por una o más
personas que el titular defina mediante una declaración jurada. Pueden ser la
esposa, los hijos, los hermanos, etc.
II.
EMPRENDER UN NEGOCIO PARTICULAR:
Abrir la posibilidad de que los
aportantes decidan disponer un monto de 120 cuotas de sus aportaciones, para
invertir en un negocio particular, en el que se demuestre que tendrá un ingreso
fijo mensual que mejore su renta vitalicia.
¿Cómo funcionaría?
a)
Una persona aportante a la AFP, propone disponer
de 120 cuotas de sus aportaciones en un negocio. Por ejemplo, en la compra de
un vehículo tipo taxi, que genere una renta diaria en favor del propietario, o
la compra de una casa que pueda ser alquilada o uno o más lotes, que generen
plusvalor en un tiempo determinado.
b)
De igual manera, esta persona cuando esté en
edad de jubilarse, se le hace el cálculo de la renta vitalicia mensual y
adicionalmente tiene ese otro ingreso directo.
c)
El vehículo, inmueble, equipo, etc., que se haya
adquirido para el negocio, podrá ser heredado por la o las personas que el
titular defina.
III. VENTAJAS DE LA PROPUESTA:
1.
Se fortalece a las empresas estratégicas,
garantizando su estabilidad y mayor capacidad productiva y por tanto mejores
utilidades,
2.
Se dinamiza la microeconomía, generando demanda
agregada.
3. Se fortalece la economía nacional contribuyendo
al mejoramiento de los niveles de desarrollo del país.
4. La sensación actual de que la jubilación no
permite a los jubilados a acceder a una renta vitalicia que le reporte ingresos
suficientes para vivir dignamente, se disiparía, pues la gente sentiría que se
está beneficiando de manera directa de sus propios aportes.
5. Se profundizarán los cambios del proceso de
transformaciones que se está viviendo en la actualidad.
6. Se tendría una respuesta rápida y real a las
necesidades que están surgiendo por la crisis sanitaria que en este momento
vive el país.
Santa Cruz de la Sierra, 10 de abril de
2020.
1 comentario:
Buenas noches, muy buena propuesta Ingeniero Quiroga, asi el trabajador aportante tendrá la posibilidad de percibir una renta digna cuando este decida jubilarse y no como sucede con el siste de pensiones actual, que el monto de jubilación es muy bajo y por lo general,
no alcanza para la mantención del jubilado.
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