Por: Miguel García Angelo
La anterior semana, una periodista argentina visitó Cochabamba, quien durante un seminario taller organizado por instituciones locales, manifestó que a nivel mundial, el 78% de periodistas son varones y el 76% de las personas que trabajan en radio son también varones. Aseguró que a nivel mundial, las mujeres llegan a un 52% en comparación al 48% de los varones, y aun así el protagonismo en el ámbito periodístico sigue siendo de exclusividad “machista”.
Los medios de comunicación, en general, crean y reproducen estereotipos, como por ejemplo, relacionan permanentemente a los varones con poder, liderazgo y racionalidad; en cambio, a las mujeres como seres afectivas, buenas esposas y amas de casa. Por eso -decía la periodista argentina- que los medios de comunicación invisibilizan a las mujeres y eso requiere de una acción política que permita revertir esta situación; el tema de género debe ser transversal en todo el lenguaje periodístico, por ejemplo, cuando se escribe “la presidente de Brasil”, debiese redactarse “la presidenta de Brasil” o cuando se redacta “diputados atienden demandas de la sociedad” debiese escribirse “diputados y diputadas atienden demandas de la sociedad”.
En el mismo seminario, la institución organizadora entregó a los presentes una ordenanza municipal (Nro. 4023/09) aprobado para el Municipio de Cercado, Cochabamba denominado “Promueva una cultura de respeto a la dignidad de la mujer, regulando la emisión y difusión de publicidad con contenido sexista y su transmisión en horarios de protección al menor, evitando la vulneración de derechos de mujeres, niños, niñas, adolescentes y jóvenes en nuestro municipio”. Entre los puntos más importantes que se pueden rescatar de esta ordenanza son: los publicistas, consultores creativos, empresas, instituciones públicas y privadas y otras que elaboran material publicitario deben aplicar y tomar en cuenta parámetros mínimos que eviten publicidad sexista; toda publicidad o programa que cosifique el cuerpo de la mujer o que afecte su calidad de ser humano y ciudadana con iguales derechos y que estén enmarcadas en el decálogo, serán oficialmente notificadas por los representantes de la comisión de la mujer y la niñez; el horario de protección al menor es de 06:00 de la mañana a 22:00 de la noche; la sanción al incumplimiento de la presente ordenanza será de Bs. 50.000.
El taller terminó con una reflexión de la expositora argentina, solicitando a los presentes que sean portavoces de buscar una sociedad cada vez más equitativa, particularmente con el rol de la mujer en la sociedad en general, y específicamente en el tratamiento de la información que los medios de comunicación le dan cuando se trata de mujeres.
La preguntas es, ¿los medios de comunicación realizan un tratamiento de la información con enfoque de género?, ¿conocen los periodistas y comunicadores de la ordenanza municipal relacionada al tema de género en los medios de comunicación, particularmente en publicidades?, o finalmente, ¿las autoridades llamadas por esta ordenanza, hacen cumplir la misma?; en todas las preguntas, lamentablemente la respuesta es NO.
La anterior semana, una periodista argentina visitó Cochabamba, quien durante un seminario taller organizado por instituciones locales, manifestó que a nivel mundial, el 78% de periodistas son varones y el 76% de las personas que trabajan en radio son también varones. Aseguró que a nivel mundial, las mujeres llegan a un 52% en comparación al 48% de los varones, y aun así el protagonismo en el ámbito periodístico sigue siendo de exclusividad “machista”.
Los medios de comunicación, en general, crean y reproducen estereotipos, como por ejemplo, relacionan permanentemente a los varones con poder, liderazgo y racionalidad; en cambio, a las mujeres como seres afectivas, buenas esposas y amas de casa. Por eso -decía la periodista argentina- que los medios de comunicación invisibilizan a las mujeres y eso requiere de una acción política que permita revertir esta situación; el tema de género debe ser transversal en todo el lenguaje periodístico, por ejemplo, cuando se escribe “la presidente de Brasil”, debiese redactarse “la presidenta de Brasil” o cuando se redacta “diputados atienden demandas de la sociedad” debiese escribirse “diputados y diputadas atienden demandas de la sociedad”.
En el mismo seminario, la institución organizadora entregó a los presentes una ordenanza municipal (Nro. 4023/09) aprobado para el Municipio de Cercado, Cochabamba denominado “Promueva una cultura de respeto a la dignidad de la mujer, regulando la emisión y difusión de publicidad con contenido sexista y su transmisión en horarios de protección al menor, evitando la vulneración de derechos de mujeres, niños, niñas, adolescentes y jóvenes en nuestro municipio”. Entre los puntos más importantes que se pueden rescatar de esta ordenanza son: los publicistas, consultores creativos, empresas, instituciones públicas y privadas y otras que elaboran material publicitario deben aplicar y tomar en cuenta parámetros mínimos que eviten publicidad sexista; toda publicidad o programa que cosifique el cuerpo de la mujer o que afecte su calidad de ser humano y ciudadana con iguales derechos y que estén enmarcadas en el decálogo, serán oficialmente notificadas por los representantes de la comisión de la mujer y la niñez; el horario de protección al menor es de 06:00 de la mañana a 22:00 de la noche; la sanción al incumplimiento de la presente ordenanza será de Bs. 50.000.
El taller terminó con una reflexión de la expositora argentina, solicitando a los presentes que sean portavoces de buscar una sociedad cada vez más equitativa, particularmente con el rol de la mujer en la sociedad en general, y específicamente en el tratamiento de la información que los medios de comunicación le dan cuando se trata de mujeres.
La preguntas es, ¿los medios de comunicación realizan un tratamiento de la información con enfoque de género?, ¿conocen los periodistas y comunicadores de la ordenanza municipal relacionada al tema de género en los medios de comunicación, particularmente en publicidades?, o finalmente, ¿las autoridades llamadas por esta ordenanza, hacen cumplir la misma?; en todas las preguntas, lamentablemente la respuesta es NO.
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